Tipo de Norma: Ley
Número: 18116
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18116Autorizan a Economía para Realizar las Transferencia de Partidas en Agricultura
DECRETO LEY N* 18116 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente r
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
DtL SUB-PLIEGO II Direcciones Generales Técnicas PROGRAMA 1
Conservación y Desarrollo de los Recursos de la Pesca UNIDAD DE ASIGNACION N« 2 Dirección General ele Pesquería
3.0.0 “Estudios y Obras por Con* trata y Administración”
3.2.0 “Obras”
CONSIDERANDO:
Que. la estrechez del tiempo riel período presupuestal vigente, ha Impedido que el Ministerio de Agricultura y Pesquería ejecute diversas obras y estudios por contrata y admi straclón, los cuales requieren previamente de especificad.. ¡s, bases y demás requisitos lepaies indispensables para tales fines.
Que, asimismo, existen saldos por partidas de transferencias que no se han llegado a concretar por diversas razones originadas por reestructuración de los diversos sectores de la
Administración Pública.
Que, el Gobierno Revolucionario está empeñado en reforzar las acciones de la Reforma Agraria para lo cual se requiere como medida de máxima prioridad otorgar asistencia crediticia a los beneficiados por las mismas;
Estando a lo informado por las Direcciones Generales de Contabilidad y del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas:
En uso de las facultades de que estí. investido: y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ijev siguiente:
Articulo I" — Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas para efectuar transferencias d< Partidas en el Pliego de Agricultura y Pesquería, del Presupuesto Funcional del Gobierno Central de 19G9. hasta por la suma de S/. 90'000.000.00
De la Part.
3.2.2 “Obras por Administración”
“Centro para la utilización y comercialización de los productos de la pesca para consumo humano (Convenio . con el Pondo Especial de las NN.UU.) ............... 5*500,000.00
PROGRAMA III
Conservación y Desarrollo de A^uas y Suelos
UNIDAD DE ASIGNACION N* 4
Dirección General de Aguas e Irrigación
3.0.0 “Estudios y Obras por Con* trata y Administración”
3.1.0 “Estudios”
(Noventa Millones y 00TOO Soles Oro'’.
Artículo 2i — Ápertúrese en el Sub-Pliego II — Asignación Ni 8, la Partida 4.3.0. 'Transferencias de Capital a otras Entidades del Sector Público", en con fe'-mi dad con lo dispuesto en el Articulo 19°, del Decreto Ley N 17556, Anual del Presupuesto Funcional de la República:
DEL SUB-PLIEGO I Dirección Superior, Planificación y Administración PROGRAMA UNICO Dirección y Administración Superior UNIDAD DE ASIGNACION N* 1 Despacho Ministerial UNIDAD EJECUTORA:
Dirección General de Administración
4.0.0 “Transferencias”
4.1.0 “Transferencias Corrientes a Entidades del Sector Público Nacional**
De la Part.
S,\ 8/.
4.1.1 “A Organismos Públicos Descentralizados’’
“Al Banco de Fomento Agropecuario, para que atienda los gastos iniciales de la derivación del Rio Chira al
Piura”................. 3150,000.00
“Convenio AID. N* 527-11-140-053, entre el Ministerio de Agricultura, Instituto Nacional de Planificación y el Gobierno de los Estados Unidos; de Norteamérica, para realizar conjuntamente un proyecto de estudios y planificación agraria en el Peiú r 100,000.00
De la Part.
3.1.1 “Estudios por Contrata"
“Estudio Proyecto Mangun-
chal”..................“Estudio definitivo Proyecto
Olmos” ...............
“Estudios agrológicos e hidrológicos para el Proyecto de Tinajones”...........
PROGRAMA V
Investigación y Promoción de la Comercialización de Producto®
Agropecuario
UNIDAD DE ASIG.JXION N* 6
Dirección General de Coniercialí-. ración
3.0.0 “Estudios y Obras por Contrata y Administración”
3.1.0 “Estudios”
De la Part.
3.1.1 “Estudios por Contrata”
“Centro para el Desarrollo de la Pesca de Consumo (50% a cargo de la Dirección General de Pesquería) 5*500,000.00 “Costo de Comercialización” 615,000.00
“Estudio del-Comercio Agrario por Pronteros” .. .. • _ 200,000.00
(FONDOS DE PROGRAMACION)
3*400,000.00 4*200,000.00
1*800,000.00
De la Part.
3.1.1 “Estudios por Contrata”
“Estudio del nuevo Terminal
Pesquero”.............. 1*800.000.00
“Estudio del nuevo Frigorífico de Lima” ......... 1*900,000.00
“Estudio Almacenes y Molinos de Arroz”........... 300,000.00
3.2.0 “Obras”
De lst
3.2.1 “Obras por Contrata” .• 500,000.00
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.